Corte de
constitucionalidad:
Es el máximo tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya
función esencial es la defensa.
La Corte de Constitucionalidad actúa como colegiado independiente de los demás Organismos del Estado y
ejerce funciones específicas que le establece la Constitución Política de la
República, la Ley de Amparo, Exhibición
Personal y de Constitucionalidad y demás leyes constitucionales. La
independencia económica es garantizada con un porcentaje de los ingresos que
correspondan al Organismo Judicial.
En 1965 La Asamblea Nacional
Costituyente incorporo en la constitución política de Guatemala el Tribunal
Constitucional con el nombre de Corte de Constitucionalidad. Se constituye con
5 magistrados titulares, cada uno con su respectivo suplente, por un periodo de
5 años.
La Corte de
Constitucionalidad, como tribunal permanente e independiente, ejerce las
funciones esenciales de defensa y restablecimiento del orden constitucional y
del estado constitucional de derecho. Derivado de esas funciones, que cumple
jurisdiccionalmente, controla los actos del poder público y otros que, emanados
de personas del ámbito del derecho privado, poseen la característica de
autoridad. Para ello interpreta y aplica la normativa que concierne a las
garantías constitucionales, protegiendo valores, principios, libertades y
derechos establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala,
en diversos tratados y convenios internacionales y otras leyes.
Entre las funciones de la
Corte de Constitucionalidad esta:
Conocer en única instancia de
las impugnaciones interpuestas contra leyes o disposiciones de carácter
general, objetadas parcial o totalmente de inconstitucionalidad.
Conocer en única instancia,
en calidad de tribunal extraordinario de amparo, en las acciones de amparo en
contra del Congreso de la Republica, la Corte Suprema de Justicia y el
Vicepresidente de la Republica.
Conocer en apelación todos
los amparos interpuestos ante cualquiera de los tribunales de justicia.
Emitir opinión sobre la
inconstitucionalidad de los traslados, convenios y proyectos de ley a solicitud
de cualquiera de los organismos de Estado.
Instituto de la Defensa Pública Penal:
Con el Decreto Papal
basado en el Concilio de Zaragoza de 1585, el Papa Benedicto XII ordena y
establece la participación de un Abogado en defensa de los necesitados que no
tuvieran medios para defenderse con el fin de “…administrar justicia al
menesteroso y al huérfano, como al humilde y al pobre..”
(Fuente:Ética de la
Abogacía y Procuración, Ediciones Pandeville, Buenos Aires, Argentina. 1973, pp
33)
Época Moderna
“En Guatemala se inicia
este servicio público por Real Cédula del 30 de noviembre de 1799, la cual
ordena que los Abogados de Número, deberían ser Abogados gratuitos de los
indios y pobres. Hacer el juramento por turno empezando por el más antiguo, no
pudiéndose admitir excusa de éste cargo por ser inseparable del oficio”
Durante una época la
defensa pública gratuita en Guatemala fue prestada por estudiantes de derecho
como requisito previo a optar al título Abogado; más adelante, a cargo de los
bufetes populares de las universidades del país, con estudiantes de los últimos
años de la carrera de Ciencias Jurídicas y Sociales a quienes se les exigía el
requisito de haber aprobado el curso de Derecho Procesal Penal, y principalmente,
efectuar su práctica penal en los Tribunales de la República.
Previo a la
modernización del sistema procesal penal guatemalteco, Guatemala participó en
la Convención sobre Derechos Humanos realizada en San José Costa Rica, el 22 de
noviembre de 1969, donde se aprueba el Pacto de San José, que posteriormente
suscribe y ratifica. En este pacto se establecen las garantías que protegen a
toda personas sindicada de haber cometido delitos o faltas.
Para el año 1988, los
juristas argentinos, Julio Maier y Alberto Brinder, elaboraron un anteproyecto
del Código Procesal Penal vigente, que es aprobado el 24 de septiembre de 1992
y cobra vigencia el 1 de julio de 1994. En esta misma fecha entra en vigencia
el Acuerdo 12-94 de la Corte Suprema de Justicia, el cual regula el Servicio de
Defensa Penal. En esta etapa, la Defensa Pública Penal depende totalmente de la
Corte Suprema de Justicia
En estas condiciones,
se presta el servicio en el momento en que se desarrolla el primer debate oral
y público en el país, el cual tiene lugar en el departamento de Chiquimula,
Guatemala.
En la Actualidad
Con la transformación
de los sistemas de justicia en América Latina, el proceso penal en Guatemala,
pasó del sistema inquisitivo al sistema acusatorio, más respetuoso de las garantías
constitucionales y procesales y en éste, otros actores irrumpen en el escenario
de justicia. Se logra la inclusión de la Defensa Pública, como parte del
Organismo Judicial, y se avanza implementando la oralidad en el juicio oral.
Como consecuencia, se
concluye con la prioridad de crear una institución que en forma autónoma
asumiera la defensa de las personas de escasos recursos, garantizando no sólo
el derecho de defensa, sino también las garantías del debido proceso.
El 5 de diciembre de
1997, el Congreso de la República de Guatemala aprueba el Acuerdo Legislativo
129-97, que corresponde a la Ley del Servicio Público Penal, el cual entra en
vigencia el 13 de julio de 1998. Con ello se abandona la dependencia
institucional del Organismo Judicial.
La autonomía funcional
e independencia técnica le ha permitido extender su cobertura a los 22
departamentos de Guatemala y a los municipios en donde se instaure Juzgado de
Primera Instancia Penal y conquistar un posicionamiento y reconocimiento tanto
a nivel nacional como internacional.
Palacio de Correos - Dirección General de Correos:
Decreto Histórico del
año de 1836 el cual establece en Guatemala una Administración Principal de
Correos Nacionales el presidente de la República Federal de Centro América.
Antecedentes Históricos del
Palacio de Correos.
A finales de la segunda década del siglo recién pasado, la construcción en esta capital de un edificio apropiado para las oficinas de Comunicaciones se había hecho necesaria, en virtud del desarrollo que los servicios iban adquiriendo. A raíz de los terremotos que destruyeron la capital de Guatemala, el Gobierno de la República dispuso en 1919, emitir un timbre postal con el objeto de reconstruir, se decía el edificio de correos, así como un timbre telegráfico para reconstruir, también el edificio del telégrafo.
El día 10 de noviembre
de 1,940 a las 16:00 horas, como uno de los homenajes más expresivos al
cumpleaños del Señor Presidente de la República, General de División don Jorge
Ubico, se inauguró el término de la primera fase de los trabajos de
construcción del Palacio de Comunicaciones, a los 2 años y 2 meses de
iniciados.
El paso del tiempo ha contribuido a evidenciar la importancia que este edificio tiene como parte de la riqueza arquitectónica del Centro Histórico, pero no fue sino hasta el 9 de noviembre de 1981 que se puso de manifiesto el gran valor que posee, declarándolo Monumento Nacional por Acuerdo Ministerial número 923. Posteriormente el 13 de agosto de 1998 fue incluido en el listado de inmuebles considerados como Patrimonio Cultural de la Nación por Acuerdo Ministerial número 328-98.
El diseñador del
edificio fue el Arquitecto e Ingeniero Rafael Pérez de León, en ese entonces el
diseñador del General Ubico.
El estilo del edificio
es neo-colonial porque tiene la tendencia colonial con innovaciones de
elementos y construcción porque ya utilizaron el concreto.
El Arco sobre la 12
calle es el elemento más representativo de la arquitectura colonial. Retomado
del Arco de Santa Catarina, como uno de los elementos arquitectónicos más
característicos del paisaje urbano de la Antigua Guatemala.
Este edificio es el más
representativo del estilo neo-colonial de todas las construcciones que se
erigieron en ese período, no sólo por sus características formales sino por su
monumentalidad.
La segunda y tercera
fase constructiva es contrastante con el conjunto, pues se incorpora un nuevo
estilo arquitectónico en el edificio, como lo es el Art-Deco, reduciendo sus
formas a modelos más geométricos resultado de la función a la que el edificio
iba a ser sometido, principalmente en la tercera etapa.
Se puede concluir que
el Palacio de Comunicaciones es una fusión de varios estilos en el cual existen
dos tendencias arquitectónicas más evidentes, poniéndose de manifiesto la
tendencia del Neo colonial y el Art-Deco delimitados por los períodos entre los
años 30–40 del siglo XXI.
Ministerio Público:
El Ministerio Público, previo a
las reformas constitucionales que regularon su funcionamiento, se encontraba
integrado a la Procuraduría General de la Nación, conforme el Decreto 512 del
Congreso de la República.
En 1993 el Estado de Guatemala
dio un giro sustancial en la forma de organizar el sistema penal para enfrentar
la criminalidad en nuestro país, dividió las tareas de juzgamiento,
investigación y persecución penal en distintos órganos para establecer un
sistema de pesos y contrapesos que permitiera eliminar las arbitrariedades y el
abuso de poder que se observó durante la vigencia del sistema anterior.
El Ministerio Público, a raíz
de la reforma constitucional de 1993, se constituyó en un órgano autónomo
encargado de ejercer la persecución y la acción penal pública. El Código
Procesal Penal que entró en vigencia en 1993, trajo consigo una serie de
funciones y responsabilidades para el Ministerio Público, resumiéndose todas
ellas en dos grandes áreas: facultades de dirección de la investigación en la
denominada etapa preparatoria y, las facultades de acusación para el ejercicio
de la persecución penal propiamente dicha.
Tomando en consideración que la
Reforma Constitucional y la reforma procesal penal conciben al Ministerio
Público como un ente autónomo, se emitió el Decreto No. 40-94 “Ley Orgánica del
Ministerio Público” que define al Ministerio Público como una institución que
promueve la persecución penal, dirige la investigación de los delitos de acción
pública y que vela por el estricto cumplimiento de las leyes del país.
Con la firma de la Carta de
Intención en el mes de septiembre 1997, el Ministerio Público integra la Instancia Coordinadora de las
Modernización del Sector de Justicia (ICMSJ), conjuntamente con el Organismo
Judicial, el Instituto de la Defensa Pública Penal y el Ministerio de
Gobernación con el propósito de que permanentemente las altas autoridades del
sistema penal mantuvieran una coordinación para dar soluciones a la
problemática que ocasionaría la implementación del nuevo sistema procesal.
Ministerio de Economia:
El Ministerio de
Economía (MINECO) es el ministerio del Gobierno de Guatemala encargado de hacer cumplir el régimen
jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas no
agropecuarias, del comercio interno y externo, de la protección al consumidor, del fomento a la
competencia, de la represión legal de la competencia desleal, de la limitación
al funcionamiento de empresas monopólicas; de inversión nacional y extranjera,
de promoción a la competitividad, del desarrollo industrial y comercial.
Guatemala tiene el
potencial de alcanzar un crecimiento económico sostenido de 4-5% anual que sea
generador de una mayor cantidad de empleos formales que permitan mejorar la
calidad de vida para todos los guatemaltecos. Para ello se requiere que se
retome como una prioridad fundamental de la administración de Gobierno
2012-2016, la promoción del desarrollo económico, la facilitación de los
trámites y mejoras al clima de negocios, así como un decidido esfuerzo para
retomar la Agenda Nacional de Competitividad y de atracción de Inversión
Nacional y Extranjera.
Funciones
Dentro de las funciones
establecidas en el artículo 32 de la Ley del Organismo Ejecutivo, tenemos las
siguientes:
a) Formular y ejecutar
dentro del marco jurídico vigente, las políticas de protección al consumidor,
de fomento a la competencia y de represión legal de la competencia desleal.
b) Formular y ejecutar
dentro del marco jurídico vigente, la política de inversión nacional y
extranjera, de promoción de la competitividad, del desarrollo industrial y
comercial, y proponer las directrices para su ejecución.
c) Conducir, por
delegación del Presidente de la República, las negociaciones de
los convenios y tratados de comercio internacional bilateral y multilateral, y
una vez aprobados y ratificados, encargarse de su ejecución.
d) Proponer al Organismo Ejecutivo, en coordinación con
los otros ministerios y organismos del Estado, las especificaciones y normas
técnicas y de calidad de la producción nacional.
e) Formular y ejecutar,
de conformidad con la ley, la política arancelaria del país, y coordinar,
analizar y dar seguimiento a los procesos de integración económica
centroamericana y de negociación de tratados de libre comercio.
f) Velar por la
seguridad y eficiente administración de los registros públicos sometidos a su
jurisdicción.
g) Promover la creación
y mejoramiento continuo de los procedimientos e instituciones registrales,
instituidas para la seguridad del tráfico de los bienes inmuebles y demás
bienes registrables.
Palacio Nacional:
Después de tres
intentos frustrados en la construcción del Palacio Nacional y del incendio del
último, el llamado “Palacio de Cartón”; en enero de 1939, durante la
presidencia del general Jorge Ubico, se convoca a realizar una nueva
construcción que inició en ese mismo año bajo el diseño del arquitecto Rafael
Pérez.
El imponente edificio
de arquitectura colonial con influencia francesa y neoclásica, que abarca un
área de 8,890 metros cuadrados y construido de concreto armado con ladrillo
revestido de piedra tornado con un color verde, fue inaugurado en una solemne
ceremonia el 10 de noviembre de 1943, fecha del cumpleaños del general Ubico.
El “Guacamolón”, como
es llamado comúnmente por su color verdoso, fue construido tras la necesidad de
tener un espacio para las oficinas del aparato gubernamental que Ubico quería
concretar en un solo establecimiento.
El Palacio está ubicado
en el Centro Histórico de la Ciudad de Guatemala, a un lado del parque nacional
y es una de las grandes realizaciones de la arquitectura guatemalteca. La
estructura está diseñada a partir de un cuerpo central del cual se prolongan
dos cuerpos laterales, cada uno de estos con tres niveles y un patio central.
En su interior cuenta con 350 salones. Un salón de recepciones principal,
ubicado en el segundo nivel y uno de los espacios más atractivos del inmueble,
ahí es donde se encuentra un dibujo en forma de estrella que marca el kilómetro
cero del país.
Su interior está
adornado con los murales del artista Alfredo Gálvez Suárez los cuales muestran
una reseña histórica del país desde la época colonial hasta la independencia.
Las lámparas talladas en bronce fueron adquiridas con la casa Gruber de EE.UU.
y las cerraduras y picaportes, también tallados en bronce, fueron encargados a
la casa Yale. Además, el techo del Salón de Banquetes está tallado en oro. Y
los más de 40 vitrales fueron diseñados por el maestro Julio Urruela Vásquez.
Dado su valor cultural
y su belleza como símbolo de la ciudad de Guatemala y del país en su contexto
arquitectónico monumental, el 7 de Noviembre de 1980, el Palacio fue declarado
Monumento Histórico y Artístico por medio del Acuerdo Ministerial No. 880.
Hoy en día, el Palacio
Nacional de la Cultura es dedicado a resguardar las oficinas del Ministerio de
Cultura y Deportes y otras dependencias del Estado. Además, es el espacio que
utiliza el Ballet de Guatemala para sus ensayos regulares.
Así también, el Palacio
Nacional de la Cultura, ha sido y sigue siendo fiel testigo de las más
representativas celebraciones cívicas, culturales y acontecimientos de importancia
nacional como son la celebración de Independencia con sus tradicionales
desfiles y actos protocolarios.
Biblioteca Nacional:
La Biblioteca Nacional de Guatemala "Luis Cardoza
y Aragón" fue fundada por el Decreto promulgado el día 29 de octubre de 18791 por el decreto
promulgado en dicha fecha pero con anterioridad fue creada por el Acuerdo
Gubernativo emitido el 18 de octubre
de 18792 , así mismo fue
inaugurada y estructurada en el Edificio de la Sociedad Económica. Debido a que
Guatemala sufrió
constantemente terremotos,
la Biblioteca Nacional se trasladó para el Salón Mayor de la Universidad
de San Carlos de Guatemala, entre 1917-1918. El actual predio
data de septiembre
de 1957, con un área de 7858
m².
Posee en su interior, representaciones de códigos mayas, realizados por Antonio
Tejada Fonseca, Guillermo
Grajeda Mena y José Antonio
Oliviero.
Organización:
La Biblioteca Nacional se divide en cuatro secciones:
Sección de Referencia.
Sección de Circulación.
Sección Escolar.
Sección Guatemala.
Sección del Fondo Bibliográfico Antiguo.
Objetivos
Conservar, preservar y difundir el acervo bibliográfico de la nación;
Mantener relaciones con otras bibliotecas dentro y fuera
del país;
Coordinar la red de bibliotecas públicas del país.
Funciones
Las funciones de la Biblioteca Nacional son las siguientes:
1. Difundir la cultura.
2. Vincularse a otras bibliotecas, instituciones educativas, culturales y
sus similares de otras naciones a objeto de, a tráves del canje y donación,
incrementar los fondos de la Biblioteca Nacional.
3. Editar obras de autores guatemaltecos que se encuentren agotadas o
inéditas.¨
4. Organizar y patrocinar conferencias, exposiciones y seminarios
educativos, culturales e históricos, así como de cursos de perfeccionamiento
bibliotecológico.
5. Prestar asistencia a las bibliotecas que funcionan en el país.
6. Establecer programas de apoyo a la actividad escolar y a la creación de
hábitos lectores en la población infantil.
Escuela Politécnica:
La Gloriosa y
Centenaria Escuela Politécnica es un centro de formación militar de nivel universitario, en donde los cadetes, futuros oficiales del Ejército de Guatemala reciben la instrucción militar y
académica necesaria para obtener el título de Oficial del Ejército, con el
rango de Subteniente en cualquiera de las Armas y Servicios. Simultáneamente,
los cadetes realizan estudios en la carrera de Licenciatura en Tecnología y
Administración de Recursos de la Universidad Galileo.
Fue fundada el 1 de septiembre de 1873 por los Generales Justo Rufino Barrios y Miguel García Granados con la visión de hacer que los cadetes
cursaran la carrera de las armas como una profesió; es una de las academias militares más antiguas de América. Su historia se
divide en 4 épocas, ya que las instalaciones ocupadas para adiestrar a los
cadetes fueron trasladadas a diferentes lugares a lo largo de la historia.
Instituto Guatemalteco de
Turismo
El Instituto Guatemalteco de
Turismo (INGUAT) es una entidad estatal descentralizada, con
personalidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y con
patrimonio propio, de conformidad con su Ley Orgánica, Decreto No. 1701 del Congreso de
la República de Guatemala. Su nombre no puede ser adoptado por
ninguna entidad pública o privada. Actualmente tiene su sede en la Ciudad de Guatemala
y su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional. Asimismo, es la
autoridad superior en materia de turismo en el país y representa a Guatemala
ante las entidades similares de otros países y también ante los organismos
internacionales del ramo. Debiendo también favorecer el turismo receptivo e
interno.
De acuerdo a lo establecido en su Ley Orgánica, el INGUAT queda obligado a desarrollar
las funciones encaminadas al fomento del turismo interno y receptivo, tales
como:
a)
Determinar cuáles son los
lugares de atracción turística en el territorio nacional, con el objeto de
evaluarlos y desarrollarlos, según su importancia, con apego a las prioridades
previamente establecidas;
b)
b) Cooperar con las instituciones encargadas del mantenimiento,
conservación, exhibición, restauración y conocimiento de nuestros tesoros
arqueológicos, históricos y artísticos, aportando cuanto sea necesario para
que, sin menoscabo de su integridad y pureza, dicha riqueza pueda aprovecharse
en los planes de desarrollo turístico;
c) Elaborar un plan de turismo interno, que permita un mejor conocimiento
entre los guatemaltecos, como miembro de la comunidad nacional, a la vez que
les depare la oportunidad de apreciar las manifestaciones de la cultura de las
distintas regiones y la belleza de sus paisajes;
d) Fomentar las industrias y artesanías típicas, colaborando en su
desarrollo, promoviendo la apertura de nuevos mercados nacionales e
internacionales, proporcionándoles informaciones que puedan beneficiar el
mejoramiento de sus productos y aplicando los medios publicitarios de que
disponga, para lograr una mayor demanda de los mismos;
e) Habilitar playas, jardines, parques, fuentes de aguas medicinales y
centros de recreación con sus fondos propios; y colaborar con las
municipalidades respectivas, en la dotación de los servicios esenciales, y en
le embellecimiento y ornamentación de los mismos, cuando tales zonas estén bajo
su custodia;
f) Construir hoteles o albergues, responsabilizándose en todo caso, de que
tales construcciones respondan a las necesidades del turismo nacional, en
cuanto a su funcionalidad y belleza y procurando que la arquitectura de dichas
construcciones esté en consonancia con el ambiente, uso y tradiciones de la
zona. Dichas edificaciones, cuando sean hechas por cuenta propia, deben ser
entregadas para su explotación a personas idóneas, en el sentido que se
considere conveniente a los intereses de la Nación y especialmente al
incremento del turismo.
Banco de Guatemala:
Los orígenes legales e
institucionales del actual sistema de banca central en Guatemala se remontan al
período de la reforma monetaria y financiera de 1924-1926. Entonces, fue creado
el Banco Central de Guatemala como establecimiento de emisión, giro y descuento,
de carácter privado y con participación del Estado como accionista. Esta
reforma culminó durante el mandato del General José María Orellana (1921-1926),
y fue conducida en su etapa final por un equipo bajo el liderazgo del
Licenciado Carlos O. Zachrisson.
En 1919 el propio gobierno de
Estrada Cabrera invitó al profesor Kemmerer para estudiar las condiciones
monetarias del país; Kemmerer recomendó, entre otras medidas, el
establecimiento de un banco central que sería el agente fiscal del gobierno y que
tendría el derecho exclusivo de emitir billetes. Ese intento de reforma se vio
frustrado por una serie de eventos políticos y económicos.
En 1923, Orellana había
promulgado un decreto que establecía una "Caja Reguladora" para
estabilizar los tipos de cambio, la cual se convertiría en el embrión del Banco
Central de Guatemala. En 1924 el Presidente Orellana invito nuevamente al
profesor Kemmerer a visitar el país y proponer un plan de reforma financiera.
En noviembre de 1924 fue promulgada la Ley Monetaria de la República de
Guatemala, que daba vida a la nueva unidad monetaria, el Quetzal, bajo el
régimen del patrón oro clásico. En 1925, el gobierno publicó las bases de lo
que debería ser el banco central y solicitó propuestas de redacción de la ley correspondiente
a los diferentes sectores interesados. Finalmente, mediante Acuerdo Gubernativo
del 30 de junio de 1926, se fundó el Banco Central de Guatemala, que coronó la
obra de la reforma económica del Gobierno de Orellana.
Las principales funciones de
Banco de Guatemala son:
Ser el único emisor de la
moneda nacional.
Procurar que se mantenga un
nivel adecuado de liquidez del sistema bancario, mediante la utilización de los
instrumentos previstos de la Ley Organica del Banco de Guatemala.
Procurar el buen
funcionamiento del sistema de pagos.
Recibir en depósitos los
encajes bancarios y los depósitos legales a que se refiere esta Ley Orgánica
del Banco de Guatemala.
Administrar las reservas
monetarias internacionales, de acuerdo con los lineamientos que dicte la Junta
Monetaria.
Las demás funciones
compatibles con su naturaleza de Banco Central que le sean asignadas por
mandato legal.
La Presidencia del Banco de
Guatemala está conformada por el Presidente y el Vicepresidente, quienes a su
vez también lo son de la Junta Monetaria. Entre las atribuciones del Presidente
están la de proponer a la Junta Monetaria la política monetaria, cambiaria y
crediticia, incluyendo las metas programadas; y, velar por la correcta ejecución
de la política referida.
Palacio de Justicia:
Está ubicado en la 21 calle 7-70 zona
1 en el Centro Civico.
El Palacio de
Justicia es la sede de la Corte
Suprema de Justicia de la República de Guatemala órgano central y
de gobierno del Organismo
Judicial.
El Palacio de Justicia
tiene en su interior el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, las Cámaras de
lo Civil, Penal y de Amparo y Antejuicio, las oficinas del Presidente
de la Corte Suprema de Justicia y los Magistrados, las oficinas
administrativas y salas.
El Organismo Judicial
tiene aprobación, credibilidad y legitimidad social a partir de liderar
acciones de acceso y fortalecimiento al Sistema de Justicia.
La Corte Suprema de
Justicia ejerce su liderazgo y dirección con acierto, oportunidad y
consistencia en el marco de una gestión y estructura institucional eficiente y
efectiva.
Su personal cumple sus
funciones con identidad institucional, disciplina, ética, capacidad y vocación
de servicio dentro de un sistema de carrera y cultura que reconoce el buen
desempeño.
El crecimiento se
desarrolla bajo una perspectiva estratégica con énfasis en las necesidades de
justicia de la población.
Juzgado de primera instancia de la niñez y adolescencia:
Fue creada con el fin de la atención
integral de la niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos
humanos.
Está integrado con el número de
jueces que la Corte Suprema de Justicia designe, los distintos jueces deben
mantener coordinación entre sí, con el propósito de optimizar los recursos y el
desarrollo de una gestión eficiente de las causas judiciales que conozcan.
El Juzgado de Primera Instancia de la
Niñez y Adolescencia del Área Metropolitana debe conocer, tramitar y resolver
los casos de amenaza y violación de los derechos humanos de niñas y
adolescentes, de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley de
Proteccion Integral de la Niñez y Adolescencia.
Los servicios de apoyo a la función
jurisdiccional del Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia del
Área Metropolitana se dividen en las siguientes secciones:
a. Atención al público y archivo.
b. Comunicaciones y notificaciones.
c. Audiencias y resoluciones.
d. Equipo técnico.
Los auxiliares judiciales que integran
las secciones indicadas, tienen las atribuciones contempladas en el Reglamento
General de Tribunales, en otras disposiciones vigentes y las que se indican en
los subsiguientes artículos.
Municipalidad de Guatemala:
La Municipalidad es el
ente del Estado responsable del gobierno del municipio, es una institución
autónoma, es decir, no depende del gobierno central. Se encarga de realizar y
administrar los servicios que necesitan una ciudad o un pueblo.
Una función importante de la Municipalidad es la planificación, el control y la evaluación del desarrollo y crecimiento de su territorio. También se presta especial atención a los aspectos sociales y a buscar contribuir a mejorar la calidad de vida de los vecinos.
Los recursos necesarios para proveer los servicios y realizar obra, la Municipalidad los obtiene principalmente del pago de arbitrios, como boleto de ornato, Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI), y tasas que se cobran en algunas gestiones.
A partir de 1986 se
hace obligatorio el aporte constitucional que el Estado debe otorgar a todas
las municipalidades del país, de esta manera se hace efectiva la autonomía de
los gobiernos locales. Este fue uno de los primeros logros obtenidos por la
Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), la cual se constituyó
formalmente el 19 de octubre de 1960.
Con el nuevo Código
Municipal (Dto. No. 12-2002) los alcaldes guatemaltecos han reafirmado el
carácter autónomo de los municipios. La Municipalidad plantea la necesidad de
la descentralización como estrategia para el fortalecimiento municipal, por
considerar que sólo con gobiernos locales fuertes podría lograrse un país
fuerte.
Ministerio de Salud Pública:
El Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social es uno de los catorce ministerios que conforman el Organismo
Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la dirección del presidente de la
República de Guatemala.
Su misión es garantizar el ejercicio
del derecho a la salud de las y los habitantes del país, ejerciendo la rectoría
del sector salud a través de la conducción, coordinación, y regulación de la
prestación de servicios de salud, y control del financiamiento y administración
de los recursos, orientados al trato humano para la promoción de la salud,
prevención de la enfermedad, recuperación y rehabilitación de las personas.
Sus funciones son:
- Formular y dar seguimiento a la
política y los planes de salud pública y, administrar, descentralizada mente,
los programas de promoción, prevención, rehabilitación y recuperación de la
salud, propiciando a su vez la participación pública y privada en dichos
procesos y nuevas formas de financiamiento y mecanismos de fiscalización social
descentralizados.
- Proponer las normas técnicas para
la prestación de servicios de salud y coordinar con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda las propuestas de normas técnicas para la
infraestructura del sector.
- Proponer la normativa de
saneamiento ambiental y vigilar su aplicación.
- Realizar estudios y proponer las
directrices para la ejecución de programas de vigilancia y control
epidemiológico.
- Administrar en forma
descentralizada el sistema de capacitación y formación de recursos humanos en
el sector salud.
- Velar por el cumplimiento de los
tratados y convenios internacionales relacionados con la salud en casos de
emergencia por epidemias y desastres naturales.
MUNDOCHAPIN
miniduc.gob.gt
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